Toda persona que quiera formalizar su negocio necesitará constituir una sociedad, acá encontrarán toda la información necesaria respecto de los pasos y trámites a realizar para constituirla:
Tiempo estimado: 7 a 8 días contados desde la firma de la escritura. (plazo contemplado hasta la protocolización de documentos en notaría y entrega de copia).
1.- Escrituración de la Sociedad: El primer paso, corresponde a la confección de la escritura de constitución de sociedad, los puntos que se deben tener en consideración son los siguientes:
- Contactar un abogado: quien será el encargado de escriturarla y explicarle los contenidos de la misma.
- Definir si actuará sólo o participarán socios, este factor puede ser decisivo para determinar qué tipo de sociedad constituirá.
- Elegir el tipo de sociedad de acuerdo a las necesidades que tiene su empresa, en la entrada: http://czabogados.blogspot.com/2012/03/sociedades.html, podrá encontrar los tipos sociales más utilizados con su respectiva explicación.
- Elegir la Razón Social.
- Determinar el capital social y la forma en que se aportará.
- Decidir cuál será el giro de la sociedad, entre otros.
- Una vez que se hayan tomado todas estas decisiones y la información haya sido entregada al abogado, este procederá a confeccionar la escritura de constitución de sociedad.
2.- Otorgamiento de la escritura ante notario: La escritura de constitución debe ser otorgada ante un Notario Público. Trámite que se realiza de la siguiente manera:
- El borrador de la escritura es enviado a notaría.
- TODOS los socios deber asistir con su cédula de identidad a firmar.
- Una vez firmada el extracto de la misma debe ser inscrito en el Conservador de Bienes Raíces y Publicarse en el Diario Oficial, trámites que deben realizarse en el plazo de 60 días contados desde la firma o 30 en el caso de la SpA. Una vez inscrito y publicado, se protocoliza en los registros de notaría, entregándose las copias correspondientes.
3.- Inscripción del extracto: el extracto debe ser inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente al domicilio de la sociedad.
4.- Publicación en el diario oficial: El extracto debe ser publicado en el Diario Oficial.
5.- Iniciación de actividades en el SII: Toda la información relevante respecto de éste punto se encuentra en:
http://www.sii.cl/como_se_hace_para/inicio_actividades/inicio_actividades_personas_juridicas.htm . Donde podrá encontrar el lugar donde se realiza el trámite, los requisitos que se deben cumplir, formularios, normativa relacionada con el tema, entre otros.
6.- Obtención de Cuenta Corriente, en el evento que sea necesario.
NOTA: Toda modificación, transformación o saneamiento de la sociedad deberá cumplir con los mismos requisitos: escrituración, otorgamiento en notaría, inscripción, publicación e información al SII.
Si usted quiere conocernos, tiene algún problema legal o duda, haga sus consultas en nuestro blog o escribanos directamente a contacto@czabogados.cl. También puede solicitar una reunión gratuita al teléfono
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